Tipifica las conductas que se consideran equiparables al delito de defraudacion fiscal, incluyendo la omision de enterar retenciones, la manifestacion de datos falsos para obtener beneficios fiscales y el uso de documentos falsos.
Sera sancionado con las mismas penas del delito de defraudacion fiscal, quien:
Consigne en las declaraciones que presente para efectos fiscales, deducciones falsas o ingresos acumulables menores a los realmente obtenidos o determinados conforme a la ley.
Omita enterar a las autoridades fiscales, dentro del plazo que la ley establezca, las cantidades que por concepto de contribuciones hubiere retenido o recaudado.
Se beneficie sin derecho de un subsidio o estimulo fiscal.
Simule uno o mas actos o contratos obteniendo un beneficio indebido con perjuicio del fisco federal.
Sea responsable por omitir presentar por mas de doce meses las declaraciones que tengan el caracter de definitivas, asi como las de un ejercicio fiscal que exijan las disposiciones fiscales.
A sabiendas, proporcione informacion falsa al contribuyente que origine un beneficio fiscal indebido o un esquema de defraudacion.
Declare en el pedimento de importacion un valor inferior al valor de transaccion o al valor comercial de las mercancias.
Expida, adquiera o enajene comprobantes fiscales que amparen operaciones inexistentes, falsas o actos juridicos simulados.
Las penas seran las mismas que establece el articulo 108 de este Codigo, determinadas conforme al monto del beneficio indebido obtenido o del perjuicio causado al fisco federal.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
SDV Asesores: El articulo 109 amplia significativamente el espectro de conductas punibles en materia fiscal. La fraccion VIII sobre CFDI apocrifos es particularmente relevante dado el combate intensivo del SAT a la facturacion falsa. No solo quien emite sino tambien quien adquiere o utiliza comprobantes por operaciones inexistentes puede ser sujeto de responsabilidad penal. La prevencion mediante controles de cumplimiento es la mejor estrategia.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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