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Artículo 27. Secreto de la contabilidad

Los libros de comercio solo podran ser examinados por las autoridades judiciales o hacendarias en los casos y con los requisitos que establece la ley.

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Texto Legal

Articulo 27 — Secreto de la contabilidad

Los libros de comercio solo podran ser examinados por las autoridades judiciales o hacendarias en los casos y con los requisitos que establece la ley.

Las obligaciones de los comerciantes establecidas en este capitulo del Codigo de Comercio son complementarias a las obligaciones fiscales previstas en el Codigo Fiscal de la Federacion y en las leyes tributarias especiales.

El cumplimiento de las obligaciones de contabilidad, registro y conservacion de documentos es fundamental tanto para la operacion comercial como para el cumplimiento de las obligaciones fiscales de las empresas.

La falta de cumplimiento de estas obligaciones mercantiles puede generar presunciones adversas en juicios mercantiles y procedimientos de fiscalizacion, por lo que SDV Asesores recomienda su cumplimiento estricto y oportuno.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

SDV Asesores destaca que el secreto de la contabilidad protege la informacion financiera de los comerciantes, limitando su examen a autoridades judiciales o hacendarias. Esta proteccion es relevante frente a competidores y terceros, pero no es oponible ante requerimientos del SAT en ejercicio de sus facultades de comprobacion. Las empresas deben conocer los limites de esta proteccion para ejercer adecuadamente su derecho a la privacidad de su informacion financiera.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 27 del CCom?

Los libros de comercio solo podran ser examinados por las autoridades judiciales o hacendarias en los casos y con los requisitos que establece la ley.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 27 de la Codigo de Comercio?

SDV Asesores destaca que el secreto de la contabilidad protege la informacion financiera de los comerciantes, limitando su examen a autoridades judiciales o hacendarias. Esta proteccion es relevante frente a competidores y terceros, pero no es oponible ante requerimientos del SAT en ejercicio de sus facultades de comprobacion. Las empresas deben conocer los limites de esta proteccion para ejercer adecuadamente su derecho a la privacidad de su informacion financiera.

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