CCF

Artículo 748. Bienes muebles e inmuebles

Los bienes son muebles e inmuebles por su naturaleza, por disposicion de la ley o por el destino que se les da.

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Texto Legal

Articulo 748. Los bienes son muebles e inmuebles por su naturaleza, por disposicion de la ley o por el destino que se les da.

La clasificacion de los bienes en muebles e inmuebles es fundamental para el derecho civil y tiene consecuencias practicas directas en materia de transmision, gravamen, prescripcion y regimen fiscal.

Para las empresas, la correcta clasificacion de sus activos como bienes muebles o inmuebles afecta el tratamiento fiscal en materia de ISR (deduccion por depreciacion), IVA (tasas aplicables), impuesto predial y derechos de registro.

Los bienes inmuebles requieren escritura publica e inscripcion en el Registro Publico de la Propiedad para su transmision, mientras que los bienes muebles generalmente se transmiten por la simple entrega o tradicion.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Para SDV Asesores, la clasificacion de bienes en muebles e inmuebles determina el regimen juridico aplicable a su transmision, gravamen y tratamiento fiscal. Los bienes inmuebles requieren escritura publica e inscripcion registral, mientras que los muebles se transmiten generalmente por entrega. Esta distincion impacta los costos transaccionales de las empresas y las formalidades necesarias para la adquisicion o enajenacion de activos.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 748 del CCF?

Los bienes son muebles e inmuebles por su naturaleza, por disposicion de la ley o por el destino que se les da.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 748 de la Codigo Civil?

Para SDV Asesores, la clasificacion de bienes en muebles e inmuebles determina el regimen juridico aplicable a su transmision, gravamen y tratamiento fiscal. Los bienes inmuebles requieren escritura publica e inscripcion registral, mientras que los muebles se transmiten generalmente por entrega. Esta distincion impacta los costos transaccionales de las empresas y las formalidades necesarias para la adquisicion o enajenacion de activos.

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