Cuando la oferta se haga fijando un plazo, el autor de la oferta queda obligado a sostenerla durante dicho plazo.
Articulo 1806. Cuando la oferta se haga fijando un plazo, el autor de la oferta queda obligado a sostenerla durante dicho plazo.
Esta disposicion forma parte del regimen general de los contratos establecido en el Libro Cuarto del Codigo Civil Federal, que regula las obligaciones y los acuerdos de voluntades entre particulares.
Las reglas generales sobre contratos del CCF son aplicables supletoriamente a los contratos mercantiles conforme al articulo 2 del Codigo de Comercio, lo que las hace relevantes para toda la actividad empresarial.
Para SDV Asesores, el conocimiento profundo del regimen contractual civil es esencial para la correcta estructuracion de operaciones comerciales, la redaccion de contratos y la resolucion de controversias contractuales que puedan tener implicaciones fiscales.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
SDV Asesores senala que la aceptacion debe ser lisa y llana, sin modificaciones, para que se perfeccione el contrato en los terminos de la oferta. Una aceptacion con modificaciones se considera una nueva oferta o contraoferta en la negociacion. En la contratacion empresarial, es fundamental que la aceptacion coincida exactamente con los terminos ofrecidos para evitar malentendidos sobre las obligaciones asumidas.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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