RMF 2026

Artículo 4.1.4. Retencion de IVA a personas fisicas

Establece los supuestos en que las personas morales estan obligadas a retener el IVA a las personas fisicas que les presten servicios profesionales, otorguen uso o goce temporal de bienes, o realicen otras operaciones sujetas a retencion.

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Texto Legal

Regla 4.1.4 - Retencion de IVA

Para los efectos del articulo 1-A de la Ley del IVA, las personas morales retendran el IVA conforme a lo siguiente:

Supuestos de retencion

Se retendra el IVA cuando personas morales:

- Reciban servicios profesionales de personas fisicas: retencion de las dos terceras partes (10.6667%) del IVA trasladado.
- Reciban el uso o goce temporal de bienes de personas fisicas: retencion del 100% del IVA trasladado.
- Adquieran desperdicios para ser utilizados como insumo de su actividad industrial.
- Reciban servicios de autotransporte terrestre de bienes de personas fisicas.

Monto de la retencion



| Tipo de operacion | Porcentaje del IVA que se retiene |
|:--|:--|
| Servicios profesionales (honorarios) | 2/3 partes (10.6667%) |
| Arrendamiento de inmuebles | 100% del IVA (16%) |
| Comisiones y mediaciones | 2/3 partes |
| Autotransporte terrestre de bienes | 4% del monto pagado |
| Desperdicios industriales | 100% del IVA |

Entero de las retenciones

Las retenciones de IVA se enteran al SAT:

- A mas tardar el dia 17 del mes siguiente a aquel en que se efectuo la retencion.
- Mediante declaracion de pago a traves del portal del SAT.
- Las retenciones no son acreditables para el retenedor; son un pago a cuenta del IVA del retenido.

Efectos para el proveedor

La persona fisica a quien le retienen el IVA:

- Acredita el monto retenido contra su IVA a cargo del mismo periodo.
- Si el monto retenido excede su IVA a cargo, puede solicitar devolucion o compensacion del excedente.

Constancia de retencion

El retenedor debe expedir un CFDI de retenciones a la persona fisica, indicando el monto total de la operacion, el IVA trasladado y el IVA retenido.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

La retencion de IVA a personas fisicas por personas morales tiene reglas especificas de la RMF que complementan la LIVA. En SDV Asesores de Negocio verificamos que las retenciones se calculen correctamente conforme a las tasas vigentes y que se enteren oportunamente para evitar responsabilidad solidaria.

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Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 4.1.4 del RMF 2026?

Establece los supuestos en que las personas morales estan obligadas a retener el IVA a las personas fisicas que les presten servicios profesionales, otorguen uso o goce temporal de bienes, o realicen otras operaciones sujetas a retencion.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 4.1.4 de la Miscelanea Fiscal 2026?

La retencion de IVA a personas fisicas por personas morales tiene reglas especificas de la RMF que complementan la LIVA. En SDV Asesores de Negocio verificamos que las retenciones se calculen correctamente conforme a las tasas vigentes y que se enteren oportunamente para evitar responsabilidad solidaria.

¿Qué herramientas de cálculo se relacionan con el Art. 4.1.4 RMF 2026?

Para aplicar lo dispuesto en el Artículo 4.1.4 del RMF 2026, SDV Asesores pone a tu disposición las siguientes herramientas: Calculadora de IVA. Estas calculadoras te permiten realizar los cálculos fiscales correspondientes de forma rápida y precisa.

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