Regula el procedimiento para que los contribuyentes presenten consultas y solicitudes de autorizacion ante el SAT sobre situaciones reales y concretas en materia fiscal, incluyendo los requisitos formales y los plazos de respuesta de la autoridad.
Para los efectos del articulo 34 del CFF, los contribuyentes podran formular consultas a la autoridad fiscal sobre situaciones reales y concretas, asi como solicitar autorizaciones en materia fiscal, cumpliendo con los requisitos que se establecen en la presente regla.
Las consultas deberan presentarse por escrito a traves del buzon tributario o del Portal del SAT y contener:
- Nombre, RFC y domicilio fiscal del contribuyente.
- Descripcion detallada de la situacion real y concreta sobre la que se consulta.
- Senalar las disposiciones fiscales cuya interpretacion o aplicacion se solicita.
- Criterio propio del contribuyente sobre la interpretacion que considera aplicable.
- Documentacion soporte que acredite la situacion planteada.
La autoridad fiscal debera emitir su respuesta dentro de un plazo de 3 meses contados a partir de la fecha de presentacion de la consulta completa. Si la autoridad no emite respuesta dentro de dicho plazo, se entendera que la respuesta es favorable al consultante (afirmativa ficta), salvo las excepciones previstas en el CFF.
La respuesta emitida por la autoridad sera vinculatoria para la propia autoridad, siempre que la situacion real descrita en la consulta corresponda efectivamente a los hechos realizados por el contribuyente. No obstante, el criterio podra ser modificado hacia el futuro.
Las solicitudes de autorizacion se tramitaran conforme a las fichas de tramite publicadas en el Anexo 1-A de la RMF, debiendo cumplir con los requisitos especificos de cada autorizacion.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Las consultas y autorizaciones ante el SAT siguen procedimientos especificos que deben respetarse estrictamente. En SDV Asesores de Negocio preparamos consultas fiscales con argumentacion solida y documentacion completa, maximizando la probabilidad de obtener una respuesta favorable de la autoridad.
Art. 1.3. Medios electronicos para presentacion de promociones
Establece los medios electronicos autorizados para la presentacion de promociones, declaraciones, avisos e informes ante el SAT, incluyendo el Portal del SAT, el buzon tributario y las aplicaciones moviles oficiales.
Art. 1.5. Representacion legal de contribuyentes ante el SAT
Establece las reglas para la acreditacion de la personalidad y representacion legal de los contribuyentes ante el SAT, incluyendo los documentos aceptados y los tramites para los que se requiere poder especial.
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