RLSS

Artículo 108. Limite maximo de la prima

Fija los limites maximos de la prima del seguro de riesgos de trabajo por clase, estableciendo los topes que no pueden excederse en la determinacion anual.

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Texto Legal

Articulo 108 — Limite Maximo de la Prima

La prima del seguro de riesgos de trabajo no podra exceder los siguientes limites maximos por clase:

Primas maximas por clase

- Clase I: 5.00% del salario base de cotizacion
- Clase II: 7.58875% del salario base de cotizacion
- Clase III: 11.00% del salario base de cotizacion
- Clase IV: 14.00% del salario base de cotizacion
- Clase V: 17.00% del salario base de cotizacion

Funcion del limite

Estos limites actuan como un tope protector para evitar que empresas con alta siniestralidad sean gravadas con primas desproporcionadas que pongan en riesgo su viabilidad economica.

Relacion con la clase

El limite maximo de cada clase corresponde al nivel mas alto de riesgo que se puede asignar dentro de dicha clasificacion, reflejando la siniestralidad maxima esperada para las actividades comprendidas en cada clase.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

SDV Asesores: Conocer los limites maximos de prima por clase es esencial para la planeacion financiera. Si una empresa se acerca al tope de su clase, debe evaluarse si existen medidas de prevencion que puedan revertir la tendencia. En casos extremos, si la siniestralidad es sistematicamente alta, conviene analizar si la clasificacion de la empresa es correcta o si debe solicitarse una reclasificacion a una clase superior que ofrezca mayor margen.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 108 del RLSS?

Fija los limites maximos de la prima del seguro de riesgos de trabajo por clase, estableciendo los topes que no pueden excederse en la determinacion anual.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 108 de la Reglamento LSS?

SDV Asesores: Conocer los limites maximos de prima por clase es esencial para la planeacion financiera. Si una empresa se acerca al tope de su clase, debe evaluarse si existen medidas de prevencion que puedan revertir la tendencia. En casos extremos, si la siniestralidad es sistematicamente alta, conviene analizar si la clasificacion de la empresa es correcta o si debe solicitarse una reclasificacion a una clase superior que ofrezca mayor margen.

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