Regula el tratamiento del IVA cuando bienes exportados temporalmente son retornados al territorio nacional, incluyendo las reglas de la industria maquiladora y programas IMMEX.
Para los efectos de la Ley, cuando bienes que hubieran sido exportados temporalmente sean retornados al territorio nacional:
Tratandose de bienes exportados temporalmente al amparo de programas de exportacion autorizados (IMMEX, PROSEC, DRAWBACK), el retorno de los mismos al territorio nacional no causara IVA como importacion, siempre que:
- I. El retorno se realice dentro del plazo autorizado en el programa respectivo.
- II. Los bienes retornados se encuentren en el mismo estado en que fueron exportados, o hayan sido transformados conforme al programa autorizado.
- III. Se cuente con la documentacion aduanera que ampare tanto la exportacion como el retorno.
Si el retorno se realiza fuera de los plazos autorizados, se considerara como una importacion definitiva y se causara el IVA correspondiente conforme a las reglas de importacion de la Ley.
Los bienes exportados definitivamente que retornen temporalmente para su reparacion, adaptacion o transformacion, no causaran IVA a la importacion siempre que se reexporten dentro de los plazos establecidos en la legislacion aduanera.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
El cumplimiento de plazos en el retorno de bienes exportados temporalmente es critico para mantener la exencion de IVA. En SDV Asesores de Negocio recomendamos a las empresas IMMEX implementar controles internos rigurosos sobre los plazos de permanencia, ya que un retorno extemporaneo se convierte en importacion definitiva gravada.
Art. 41. Concepto de exportacion para tasa 0%
Desarrolla el concepto de exportacion de bienes y servicios para efectos de la aplicacion de la tasa del 0% del IVA, precisando los supuestos y requisitos que deben cumplirse.
Art. 43. Saldos a favor por exportacion y devolucion
Establece las reglas para la determinacion y solicitud de devolucion de saldos a favor de IVA generados por actividades de exportacion, incluyendo plazos y requisitos documentales.
Art. 45. Devolucion de IVA a turistas extranjeros
Establece las reglas y requisitos para la devolucion del IVA a turistas extranjeros por la adquisicion de mercancias en territorio nacional, incluyendo el procedimiento Tax Free.
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Art. 43. Saldos a favor por exportacion y devolucion
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