Detalla las normas reglamentarias para liquidacion de personas morales procedimiento fiscal, estableciendo los criterios y procedimientos que deben cumplirse conforme a el articulo 12 de la Ley.
Para los efectos de el articulo 12 de la Ley, se observaran las siguientes disposiciones:
Las personas morales deberan cumplir con la obligacion relativa a ejercicio de liquidacion, conforme a los plazos y requisitos establecidos en la Ley.
El procedimiento para pagos provisionales se llevara a cabo mediante los formatos y medios electronicos que establezca el SAT.
Los contribuyentes conservaran la documentacion relativa a declaracion final de liquidacion durante el plazo previsto en el Codigo Fiscal.
Las disposiciones relativas a distribucion del haber social se observaran conforme a las reglas de caracter general aplicables.
La informacion sobre efectos en CUFIN se presentara ante el SAT en los terminos y plazos que este establezca.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
La liquidacion de personas morales implica un procedimiento fiscal especifico que incluye pagos provisionales durante la liquidacion y una declaracion final. SDV Asesores senala que la base del impuesto en liquidacion se determina por periodos anuales parciales y puede aplicar la tasa del articulo 9 de la LISR. Los remanentes distribuidos a los socios reciben tratamiento de dividendos o reembolsos de capital.
Art. 85. Obligaciones de personas morales - Contabilidad
Establece las obligaciones de las personas morales en materia de contabilidad, incluyendo los sistemas de registro, los libros y documentos que deben mantener, y las formalidades para el registro de operaciones.
Art. 97. Fusion de sociedades efectos en ISR
Regula el tratamiento fiscal de fusion de sociedades efectos en isr, incluyendo los requisitos de documentacion, los plazos y las condiciones establecidas conforme a el articulo 14-B del CFF.
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