RLISR

Artículo 4. Establecimiento permanente de residentes en el extranjero

Define los supuestos de configuracion de un establecimiento permanente en Mexico para residentes en el extranjero, incluyendo la figura del agente dependiente y las actividades excluidas de esta calificacion.

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Texto Legal

Articulo 4 — Establecimiento Permanente

Para los efectos del articulo 2 de la Ley, se considerara que un residente en el extranjero tiene establecimiento permanente en Mexico cuando:

I. Lugar fijo de negocios

Cuente con un lugar fijo de negocios en el territorio nacional a traves del cual desarrolle total o parcialmente sus actividades, tales como:

- Sucursales u oficinas
- Fabricas o talleres
- Instalaciones o plataformas de extraccion de recursos naturales
- Lugares de construccion o instalacion de proyectos con duracion superior a 183 dias

II. Agente dependiente

Actue en Mexico a traves de una persona que habitualmente ejerza poderes para celebrar contratos en su nombre o mantenga existencias de bienes para ser entregados por cuenta del residente en el extranjero.

III. Actividades excluidas

No se considerara que constituyen establecimiento permanente las actividades de caracter preparatorio o auxiliar, tales como:

- El uso de instalaciones con el unico fin de almacenar o exhibir bienes
- El mantenimiento de un deposito de mercancias para ser transformadas por otra persona
- La realizacion de actividades de publicidad o recopilacion de informacion

IV. Empresas aseguradoras

Se considera que una empresa de seguros residente en el extranjero tiene establecimiento permanente cuando recaude primas o asegure riesgos en territorio nacional a traves de una persona distinta de un agente independiente.

V. Atribucion de ingresos

Los ingresos atribuibles al establecimiento permanente se determinaran conforme a las reglas del Titulo II de la Ley, como si se tratara de una persona moral residente en Mexico.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

La configuracion de un establecimiento permanente tiene implicaciones fiscales significativas para empresas extranjeras que operan en Mexico. SDV Asesores advierte que la figura del agente dependiente es frecuentemente ignorada, generando riesgos de fiscalizacion. Las empresas multinacionales deben revisar periodicamente sus estructuras operativas en Mexico para evitar la creacion inadvertida de un establecimiento permanente.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 4 del RLISR?

Define los supuestos de configuracion de un establecimiento permanente en Mexico para residentes en el extranjero, incluyendo la figura del agente dependiente y las actividades excluidas de esta calificacion.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 4 de la Reglamento LISR?

La configuracion de un establecimiento permanente tiene implicaciones fiscales significativas para empresas extranjeras que operan en Mexico. SDV Asesores advierte que la figura del agente dependiente es frecuentemente ignorada, generando riesgos de fiscalizacion. Las empresas multinacionales deben revisar periodicamente sus estructuras operativas en Mexico para evitar la creacion inadvertida de un establecimiento permanente.

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