RLISR

Artículo 288. Umbral de imposicion para calificar como REFIPRE

Detalla las normas reglamentarias para umbral de imposicion para calificar como refipre, estableciendo los criterios y procedimientos que deben cumplirse conforme a el articulo 176 de la Ley.

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Texto Legal

Articulo 288 — Umbral de imposicion para calificar como REFIPRE

Para los efectos de el articulo 176 de la Ley, se observaran las siguientes disposiciones:

I. Reglas de REFIPRES

Para los efectos de los regimenes fiscales preferentes, se precisan las disposiciones relativas a umbral de imposicion para calificar como refipre.

II. Determinacion de ingresos

Los ingresos sujetos a regimenes fiscales preferentes se determinaran conforme a las reglas de transparencia fiscal previstas en la Ley.

III. Acumulacion

Los ingresos se acumularan en el ejercicio en que se generen, independientemente de que hayan sido efectivamente distribuidos o percibidos.

IV. Obligaciones de informacion

Los contribuyentes presentaran las declaraciones informativas requeridas sobre sus inversiones en jurisdicciones de baja imposicion.

V. Sanciones

El incumplimiento de las obligaciones de informacion dara lugar a las sanciones previstas en el Codigo Fiscal.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

El umbral de imposicion para calificar como REFIPRE es generalmente el 75% de la tasa corporativa mexicana. SDV Asesores senala que la tasa efectiva en la jurisdiccion extranjera debe calcularse considerando todas las deducciones y beneficios disponibles. La evaluacion periodica de las tasas efectivas en cada jurisdiccion donde se tienen inversiones es una practica recomendable.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 288 del RLISR?

Detalla las normas reglamentarias para umbral de imposicion para calificar como refipre, estableciendo los criterios y procedimientos que deben cumplirse conforme a el articulo 176 de la Ley.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 288 de la Reglamento LISR?

El umbral de imposicion para calificar como REFIPRE es generalmente el 75% de la tasa corporativa mexicana. SDV Asesores senala que la tasa efectiva en la jurisdiccion extranjera debe calcularse considerando todas las deducciones y beneficios disponibles. La evaluacion periodica de las tasas efectivas en cada jurisdiccion donde se tienen inversiones es una practica recomendable.

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