RLISR

Artículo 25. Mejoras en bienes arrendados a favor del arrendador

Regula el tratamiento fiscal de las mejoras realizadas por el arrendatario en bienes propiedad del arrendador persona moral, incluyendo el momento de acumulacion del ingreso.

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Texto Legal

Articulo 25 — Mejoras en Bienes Arrendados

Las mejoras realizadas en bienes arrendados se trataran fiscalmente como sigue:

I. Ingreso del arrendador

Las inversiones en mejoras que queden en beneficio del arrendador se consideraran ingreso de este cuando termine el contrato de arrendamiento o antes si las aprovecha directamente.

II. Valuacion

El ingreso se determinara considerando el valor de las inversiones realizadas por el arrendatario al momento de la terminacion del contrato, conforme a avaluo.

III. Exclusion de mejoras necesarias

No se consideraran ingreso del arrendador las mejoras que constituyan reparaciones o adaptaciones necesarias para el uso normal del bien arrendado, pactadas a cargo del arrendatario.

IV. Mejoras pactadas como parte de la renta

Cuando las mejoras formen parte de la contraprestacion por el arrendamiento, su valor se incluira en el monto de la renta para efectos de la acumulacion del ingreso.

V. Deduccion del arrendatario

El arrendatario podra deducir las inversiones en mejoras como gastos diferidos, aplicando el porcentaje de depreciacion que corresponda conforme a la Ley.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Las mejoras en bienes arrendados que quedan a favor del arrendador constituyen un ingreso acumulable al termino del contrato. SDV Asesores senala que este ingreso debe valuarse conforme a avaluo y es frecuentemente omitido por los arrendadores. Es recomendable que los contratos de arrendamiento establezcan claramente el tratamiento de las mejoras realizadas por el arrendatario.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 25 del RLISR?

Regula el tratamiento fiscal de las mejoras realizadas por el arrendatario en bienes propiedad del arrendador persona moral, incluyendo el momento de acumulacion del ingreso.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 25 de la Reglamento LISR?

Las mejoras en bienes arrendados que quedan a favor del arrendador constituyen un ingreso acumulable al termino del contrato. SDV Asesores senala que este ingreso debe valuarse conforme a avaluo y es frecuentemente omitido por los arrendadores. Es recomendable que los contratos de arrendamiento establezcan claramente el tratamiento de las mejoras realizadas por el arrendatario.

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