RLISR

Artículo 247. Retenciones por personas morales a contribuyentes RESICO

Regula el tratamiento fiscal de retenciones por personas morales a contribuyentes resico, incluyendo los requisitos de documentacion, los plazos y las condiciones establecidas conforme a el articulo 113-J de la Ley.

RESICOretencionespersonas-morales

Texto Legal

Articulo 247 — Retenciones por personas morales a contribuyentes RESICO

Para los efectos de el articulo 113-J de la Ley, se observaran las siguientes disposiciones:

I. Reglas del RESICO

Para los efectos del Regimen Simplificado de Confianza, se precisan las disposiciones relativas a retenciones por personas morales a contribuyentes resico.

II. Requisitos

Los contribuyentes del RESICO deberan cumplir con los requisitos especificos establecidos para este regimen simplificado.

III. Procedimiento

El procedimiento para la determinacion y pago del impuesto en el RESICO se realizara conforme a las tablas y tasas previstas en la Ley.

IV. Obligaciones

Los contribuyentes cumpliran con las obligaciones de facturacion, declaracion y registro correspondientes.

V. Incumplimiento

El incumplimiento de las obligaciones del RESICO podra dar lugar a la salida del regimen conforme a las causales previstas.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Las retenciones por personas morales a contribuyentes RESICO se aplican al momento del pago y son a cuenta del impuesto anual. SDV Asesores destaca que las personas morales que pagan a proveedores RESICO deben verificar el regimen fiscal del receptor para aplicar la retencion correcta. La tasa de retencion especifica del RESICO difiere de las retenciones generales.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 247 del RLISR?

Regula el tratamiento fiscal de retenciones por personas morales a contribuyentes resico, incluyendo los requisitos de documentacion, los plazos y las condiciones establecidas conforme a el articulo 113-J de la Ley.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 247 de la Reglamento LISR?

Las retenciones por personas morales a contribuyentes RESICO se aplican al momento del pago y son a cuenta del impuesto anual. SDV Asesores destaca que las personas morales que pagan a proveedores RESICO deben verificar el regimen fiscal del receptor para aplicar la retencion correcta. La tasa de retencion especifica del RESICO difiere de las retenciones generales.

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