Regula el tratamiento fiscal de fondos de inversion en renta variable reglas, incluyendo los requisitos de documentacion, los plazos y las condiciones establecidas conforme a el articulo 88 de la Ley.
Para los efectos de el articulo 88 de la Ley, se observaran las siguientes disposiciones:
Para el tratamiento fiscal de los ingresos por intereses, se precisan las disposiciones relativas a fondos de inversion en renta variable reglas conforme al Capitulo VI del Titulo IV de la Ley.
Las instituciones que paguen intereses efectuaran la retencion correspondiente, que tendra el caracter de pago provisional a cuenta del impuesto anual.
Para efectos de la declaracion anual, se acumulara el interes real, determinado conforme al procedimiento de ajuste por inflacion.
Las instituciones pagadoras expediran una constancia anual con la informacion de intereses nominales, retenciones e interes real.
Los intereses reales se acumularan a los demas ingresos del contribuyente en la declaracion anual del ejercicio.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Los fondos de inversion en renta variable combinan rendimientos por intereses y ganancias por enajenacion de acciones con tratamientos fiscales diferenciados. SDV Asesores senala que la composicion de la cartera del fondo determina la proporcion de cada tipo de ingreso para efectos fiscales. Los inversionistas deben revisar las constancias anuales para identificar correctamente cada componente.
Art. 183. Enajenacion de acciones en bolsa de valores
Detalla las normas reglamentarias para enajenacion de acciones en bolsa de valores, estableciendo los criterios y procedimientos que deben cumplirse conforme a el articulo 129 de la Ley.
Art. 206. Fondos de inversion en renta fija reglas
Establece las reglas para fondos de inversion en renta fija reglas, precisando los lineamientos y formalidades que los contribuyentes deben observar conforme a el articulo 87 de la Ley.
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Art. 206. Fondos de inversion en renta fija reglas
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