Enumera las facultades del Jefe del Servicio de Administracion Tributaria como maxima autoridad del organismo, incluyendo la representacion legal, la delegacion de facultades, la emision de reglas generales y la conduccion de la politica de administracion tributaria.
El Jefe del Servicio de Administracion Tributaria tendra las siguientes facultades:
- I. Representar al SAT ante toda clase de autoridades y personas fisicas o morales, nacionales o extranjeras.
- II. Dirigir, coordinar y supervisar el funcionamiento de las unidades administrativas del SAT.
- III. Expedir las disposiciones administrativas necesarias para el eficaz ejercicio de las facultades del SAT, asi como las reglas de caracter general en las materias de su competencia.
- IV. Proponer al Secretario de Hacienda y Credito Publico la politica de administracion tributaria y aduanera, asi como los programas y acciones para su implementacion.
- V. Delegar facultades a los servidores publicos del SAT, excepto aquellas que por disposicion de ley sean indelegables.
- VI. Encomendar funciones especificas a servidores publicos subalternos y crear comisiones o grupos de trabajo para atender asuntos determinados.
- VII. Celebrar convenios de coordinacion con las entidades federativas, municipios y organismos internacionales en materia fiscal y aduanera.
- VIII. Suscribir los acuerdos de intercambio de informacion con autoridades fiscales extranjeras.
- IX. Emitir los criterios normativos que deban seguir las unidades administrativas del SAT en la aplicacion de las disposiciones fiscales y aduaneras.
- X. Interpretar para efectos administrativos las disposiciones fiscales y aduaneras.
- XI. Ordenar la publicacion en el Diario Oficial de la Federacion de las resoluciones, reglas y demas actos que deban publicarse.
- XII. Nombrar y remover a los servidores publicos del SAT de los niveles que determine el Estatuto del Servicio Fiscal de Carrera.
- XIII. Aprobar la estructura organica y los manuales de organizacion y procedimientos del SAT.
- XIV. Ejercer el presupuesto del SAT conforme a las disposiciones aplicables.
- XV. Rendir al Secretario de Hacienda y Credito Publico y a la Junta de Gobierno los informes que le sean requeridos.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
El Jefe del SAT es quien firma la Resolucion Miscelanea Fiscal (RMF), las reglas generales de comercio exterior y los criterios normativos del SAT. Sus actos pueden ser delegados a los Administradores Generales. En la practica, las ordenes de auditoria, resoluciones determinantes de creditos y demas actos individuales son emitidos por los Administradores Generales o sus subordinados, no directamente por el Jefe del SAT.
Art. 1. Competencia del Servicio de Administracion Tributaria
Establece que el Servicio de Administracion Tributaria es un organo desconcentrado de la Secretaria de Hacienda y Credito Publico, con competencia para ejercer las facultades que le confieren la Ley del SAT, el Codigo Fiscal de la Federacion y las demas leyes fiscales y aduaneras.
Art. 3. Estructura organica y jerarquia del SAT
Detalla la estructura organica del SAT, incluyendo al Jefe del SAT como maxima autoridad, las Administraciones Generales y sus titulares, y las administraciones centrales y desconcentradas subordinadas a cada una.
Art. 5. Facultades indelegables y responsabilidades especiales
Establece las facultades que el Jefe del SAT no puede delegar a otros servidores publicos, asi como responsabilidades especiales como la rendicion de cuentas ante la Junta de Gobierno y la presentacion del programa anual de mejora continua.
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