Establece que cuando los delitos previstos en los articulos 67 y 68 involucren datos personales sensibles, las penas se incrementaran hasta en una mitad, reconociendo la especial proteccion de estos datos.
Tratandose de datos personales sensibles, las penas a que se refiere este Capitulo se duplicaran.
| Delito | Pena base | Pena con datos sensibles |
|---|---|---|
| Art. 67 (vulneracion por autorizado) | 3 meses a 3 anos | 6 meses a 6 anos |
| Art. 68 (tratamiento mediante engano) | 1 a 5 anos | 2 a 10 anos |
Los datos que dan lugar a la duplicacion de penas incluyen:
- Datos de salud y expedientes medicos
- Datos biometricos (huella digital, iris, ADN)
- Datos sobre origen racial o etnico
- Creencias religiosas, filosoficas o morales
- Afiliacion sindical y opiniones politicas
- Preferencia y orientacion sexual
- Informacion genetica
Cuando las conductas tipificadas en este capitulo se cometan en concurso con otros delitos (fraude, robo de identidad, acceso ilicito a sistemas), las penas se acumularan conforme a las reglas del Codigo Penal Federal.
Los delitos previstos en este capitulo se persiguen de oficio, lo que significa que las autoridades ministeriales deben investigarlos y perseguirlos sin necesidad de querella del titular afectado.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
SDV Asesores: La duplicacion de penas cuando los delitos involucran datos sensibles puede llevar la prision hasta 10 anos, lo que convierte estas conductas en delitos graves. El hecho de que se persigan de oficio significa que las autoridades ministeriales pueden investigar sin necesidad de querella del afectado. Recomendamos a las empresas que manejan datos sensibles extremar los controles internos, implementar politicas de cero tolerancia ante el uso indebido de datos y mantener evidencia de cumplimiento que proteja tanto a la organizacion como a su personal.
Art. 9. Datos personales sensibles
Establece el regimen especial para los datos personales sensibles, requiriendo consentimiento expreso y por escrito del titular para su tratamiento, con la manifestacion de la finalidad y mediante firma autografa o mecanismo equivalente.
Art. 67. Delitos en materia de datos personales
Tipifica como delitos las conductas mas graves en materia de tratamiento indebido de datos personales, estableciendo penas de prision para quien con animo de lucro provoque una vulneracion de seguridad o trate datos de forma enganosa.
Art. 68. Delito agravado por datos sensibles
Establece una pena agravada de uno a cinco anos de prision cuando la vulneracion de seguridad con animo de lucro involucre datos personales sensibles, reconociendo el mayor dano potencial.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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