Establece las reglas aplicables cuando personas morales del Título III realizan actividades distintas a las de su objeto social o actividades mercantiles. Define que por dichas actividades pueden estar sujetas al pago de ISR.
Las personas morales a que se refiere este Título que realicen actividades distintas a las señaladas en el artículo 79, deberán tributar conforme al Título II por dichos ingresos.
Cuando una persona moral del Título III realice actividades de naturaleza lucrativa que no correspondan a su objeto social:
- Por dichos ingresos se calculará el ISR conforme al Título II (tasa del 30%)
- Deberá llevar contabilidad separada para dichas actividades
- Los gastos deberán atribuirse proporcionalmente
Los ingresos por intereses, regalías y arrendamiento obtenidos por PM del Título III se consideran como ingresos propios de la actividad y no causan ISR adicional, salvo que representen la actividad principal.
El SAT puede verificar que las actividades de la persona moral sean congruentes con su objeto social y que no se utilice el Título III para evadir el pago de ISR.
Si la autoridad determina que la actividad principal de la PM es lucrativa, ésta podría ser reclasificada al Título II, perdiendo todos los beneficios del Título III.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Las personas morales no contribuyentes que realizan actividades mercantiles tienen obligaciones fiscales especificas. SDV identifica cuando una organizacion sin fines de lucro genera ingresos gravables y determina el ISR correspondiente a esas actividades.
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