Establece el procedimiento detallado para determinar la ganancia gravable en la enajenación de bienes inmuebles por personas físicas. Define la mecánica de cálculo del ISR considerando el número de años de tenencia del bien.
La ganancia por la enajenación de bienes inmuebles se determinará conforme al siguiente procedimiento:
I. Se determina la ganancia total: ingreso por enajenación menos deducciones del artículo 121.
II. La ganancia se divide entre el número de años de tenencia del bien (sin exceder de 20 años).
III. Al resultado se le suma el ingreso anual acumulable del contribuyente en el ejercicio.
IV. Se aplica la tarifa del artículo 152 para determinar la tasa aplicable.
V. La tasa se aplica a la ganancia total para determinar el ISR.
> ISR = Ganancia ÷ años de tenencia → se calcula tasa → tasa × ganancia total
Este mecanismo permite reducir la progresividad de la tarifa, ya que la ganancia se prorratea entre los años de tenencia.
El número de años de tenencia no puede exceder de 20 para efectos de este cálculo, aunque el contribuyente haya sido propietario por más tiempo.
| Concepto | Monto |
|---|---|
| Ganancia total en enajenación | $2,000,000 |
| Años de tenencia | 10 |
| Ganancia por año | $200,000 |
| Tasa efectiva sobre $200,000 | 22% |
| ISR total | $2,000,000 × 22% = $440,000 |
Interpretación práctica por el equipo de SDV
La ganancia en enajenacion de inmuebles se determina restando el costo comprobado de adquisicion actualizado al precio de venta. SDV calcula con precision este costo considerando las mejoras, la depreciacion y la actualizacion por inflacion para minimizar la carga fiscal.
Anterior
Art. 121. Deducciones autorizadas en enajenación de bienes
Siguiente
Art. 123. Costo comprobado de adquisición y actualización
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
Consulta Sin Costo