LISR

Artículo 113-F. Pagos mensuales del RESICO personas físicas

Establece las tasas del ISR aplicables a los pagos mensuales definitivos del Régimen Simplificado de Confianza para personas físicas. Define la tabla de tasas que van del 1% al 2.5% según el monto de ingresos.

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Texto Legal

Artículo 113-F — Pagos Mensuales del RESICO

Los contribuyentes del RESICO calcularán y enterarán pagos mensuales definitivos del ISR aplicando las siguientes tasas sobre los ingresos percibidos:

Tabla de tasas mensuales


Monto de ingresos mensualesTasa
Hasta $25,000.00**1.00%**
De $25,000.01 a $50,000.00**1.10%**
De $50,000.01 a $83,333.33**1.50%**
De $83,333.34 a $208,333.33**2.00%**
De $208,333.34 en adelante**2.50%**

Base del pago

La base es el monto total de los ingresos efectivamente cobrados en el mes, sin deducción alguna.

Carácter definitivo

Los pagos mensuales tienen el carácter de pago definitivo del ISR, por lo que no se presenta declaración anual (salvo las excepciones del artículo 113-E).

Plazo

Los pagos se enterarán a más tardar el día 17 del mes inmediato posterior.

Sin deducciones

En el RESICO no se aplican deducciones para calcular los pagos mensuales. La tasa reducida compensa la ausencia de deducciones.

Ingresos por los que no se paga

No se pagan mensualidades por los ingresos que ya hubieren sido retenidos por personas morales conforme al artículo 113-J.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Los pagos mensuales del RESICO personas fisicas se calculan aplicando tasas del 1% al 2.5% sobre ingresos cobrados sin deducciones. SDV orienta a contribuyentes en RESICO sobre la simplicidad del calculo mensual y la importancia de no exceder el limite de ingresos para permanecer en el regimen.

Herramientas Relacionadas

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 113-F del LISR?

Establece las tasas del ISR aplicables a los pagos mensuales definitivos del Régimen Simplificado de Confianza para personas físicas. Define la tabla de tasas que van del 1% al 2.5% según el monto de ingresos.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 113-F de la Ley del ISR?

Los pagos mensuales del RESICO personas fisicas se calculan aplicando tasas del 1% al 2.5% sobre ingresos cobrados sin deducciones. SDV orienta a contribuyentes en RESICO sobre la simplicidad del calculo mensual y la importancia de no exceder el limite de ingresos para permanecer en el regimen.

¿Qué herramientas de cálculo se relacionan con el Art. 113-F LISR?

Para aplicar lo dispuesto en el Artículo 113-F del LISR, SDV Asesores pone a tu disposición las siguientes herramientas: Calculadora ISR. Estas calculadoras te permiten realizar los cálculos fiscales correspondientes de forma rápida y precisa.

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