Establece que los representantes del gobierno, trabajadores y patrones que integren los órganos del Instituto percibirán las remuneraciones que fije la Asamblea General.
Los miembros de los órganos de gobierno del Instituto percibirán las remuneraciones que determine la Asamblea General.
Las remuneraciones se fijarán conforme a los siguientes principios:
- Austeridad: Los montos deberán ser acordes con las políticas de austeridad del sector público.
- Proporcionalidad: Las remuneraciones serán proporcionales a las responsabilidades del cargo.
- Transparencia: Los montos se publicarán conforme a las leyes de transparencia.
Los representantes del Gobierno Federal no percibirán remuneración adicional del Instituto, pues sus funciones forman parte de su encargo público.
Los representantes de los sectores obrero y patronal podrán percibir una compensación por su participación en las sesiones de los órganos de gobierno.
La Asamblea General aprobará un tabulador de remuneraciones que se aplicará a todos los funcionarios y empleados del Instituto.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Los representantes en organos de gobierno reciben remuneraciones reguladas para garantizar su independencia. En SDV Asesores de Negocio destacamos que la transparencia en remuneraciones fortalece la gobernanza del Instituto y reduce conflictos de interes en las decisiones sobre creditos y fiscalizacion.
Art. 10. Integración de la Asamblea General
Define la composición de la Asamblea General como órgano supremo del Instituto, integrada de manera tripartita por representantes del Gobierno Federal, de los trabajadores y de los patrones.
Art. 11. Facultades de la Asamblea General
Enumera las atribuciones de la Asamblea General, incluyendo la aprobación del presupuesto, la designación del Director General y la aprobación de las políticas generales del Instituto.
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Art. 20. Funciones específicas de las Comisiones Consultivas
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Art. 22. Actas de las sesiones de los órganos de gobierno
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