Establece los requisitos formales que debe contener la orden de visita de verificacion para que sea legalmente valida, incluyendo la identificacion del visitado, el objeto de la visita y el fundamento legal.
Las ordenes de visita de verificacion deberan contener como minimo:
- I. El lugar o lugares donde debe efectuarse la visita
- II. El nombre del visitado o, en su caso, la denominacion o razon social
- III. El nombre de los verificadores comisionados
- IV. El objeto y alcance de la visita
- V. El fundamento y motivo de la visita
La orden debera notificarse personalmente al visitado o a su representante legal al momento de iniciar la visita. El verificador debera identificarse con credencial vigente.
La omision de cualquiera de los requisitos formales de la orden podra dar lugar a la nulidad de la visita y de las actuaciones derivadas de la misma, a solicitud del visitado.
Si durante la visita se detectan indicios de incumplimiento no previstos en la orden original, la autoridad debera emitir una nueva orden que especifique los nuevos aspectos a verificar.
Las visitas deberan concluirse en un plazo razonable, sin que excedan de treinta dias habiles contados a partir de la fecha de notificacion de la orden.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
La orden de visita debe cumplir requisitos formales estrictos, incluyendo fundamentacion, motivacion y datos del visitado. En SDV Asesores de Negocio verificamos que cada orden cumpla con los requisitos del CFF, pues una orden deficiente puede impugnarse y resultar en la nulidad de todo el procedimiento.
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