Establece el plazo de diez días para la interposición del recurso de revisión en el juicio de amparo.
El recurso de revisión deberá interponerse por escrito dentro del plazo de diez días contados a partir del día siguiente a aquél en que surta efectos la notificación de la resolución recurrida.
El escrito de revisión deberá contener:
I. El nombre y firma del recurrente;
II. La resolución que se recurre y la fecha de su notificación;
III. Los agravios que cause la resolución impugnada; y
IV. La copia del escrito para las demás partes.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
El recurso de revision es el medio ordinario para combatir sentencias de amparo indirecto. SDV Asesores lo interpone ante el tribunal colegiado de circuito cuando la sentencia de primera instancia es desfavorable al quejoso contribuyente. En casos que involucran constitucionalidad de leyes, la revision puede llegar hasta la Suprema Corte de Justicia de la Nacion.
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Art. 81. Recurso de revisión — procedencia
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