LA

Artículo 14. Tercero interesado — emplazamiento

Establece las reglas para el emplazamiento del tercero interesado en el juicio de amparo, garantizando su derecho de audiencia y defensa.

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Texto Legal

Artículo 14 — Tercero Interesado — Emplazamiento

El tercero interesado será emplazado al juicio de amparo y gozará de todos los derechos procesales que esta Ley le otorga.

El quejoso deberá señalar en su demanda el nombre y domicilio del tercero interesado. Si el quejoso manifiesta bajo protesta de decir verdad que no conoce el domicilio del tercero interesado o su nombre, el juez ordenará la investigación correspondiente para lograr su localización.

El emplazamiento al tercero interesado deberá hacerse de manera personal, de conformidad con las reglas de notificación establecidas en esta Ley.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

En amparos fiscales, el tercero interesado es poco frecuente, a diferencia de otras materias. Sin embargo, puede existir cuando se impugnan actos relacionados con licitaciones publicas, concesiones o procedimientos donde otro particular tenga interes en que subsista el acto reclamado. El correcto emplazamiento del tercero interesado es requisito procesal cuyo incumplimiento puede acarrear la reposicion del procedimiento.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 14 del LA?

Establece las reglas para el emplazamiento del tercero interesado en el juicio de amparo, garantizando su derecho de audiencia y defensa.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 14 de la Ley de Amparo?

En amparos fiscales, el tercero interesado es poco frecuente, a diferencia de otras materias. Sin embargo, puede existir cuando se impugnan actos relacionados con licitaciones publicas, concesiones o procedimientos donde otro particular tenga interes en que subsista el acto reclamado. El correcto emplazamiento del tercero interesado es requisito procesal cuyo incumplimiento puede acarrear la reposicion del procedimiento.

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