El IPSASB mantuvo los métodos de determinación de un valor independiente en la NICSP 47, ya que eran apropiados para las transacciones que se cubrirían en la Norma y añadió la Guía de Implementación para proporcionar orientación adicional sobre la aplicación en el sector público. Sin embargo, el IPSASB sustituyó el término "enfoque del costo esperado más un margen", por el término "enfoque del costo esperado", porque ciertos bienes o servicios son adquiridos o producidos por entidades del sector público sin cargo o por un cargo simbólico ("recuperación de costos" o "base no comercial"). El IPSASB destacó que el enfoque del costo previsto es probablemente más pertinente en el sector público para las transacciones sin contraprestación,
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