NICSP 2

Artículo 49. NICSP 2 — Aplicación Párrafo 49

Texto Legal

Los flujos de efectivo agregados derivados de adquisiciones y disposiciones de entidades controladas u otras unidades operativas deben ser presentados por separado, y clasificados como actividades de inversión.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 49 del NICSP 2?

¿Necesitas asesoría sobre el Art. 49 del NICSP 2?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. 49 NICSP 2 desde tu celular