Dentro del plazo de treinta días siguientes a la fecha de publicación de la solicitud de registro de marca, cualquier persona que tuviere legítimo interés, podrá presentar, por una sola vez, oposición fundamentada que pueda desvirtuar el registro de la marca. La presentación de oposición no suspenderá el trámite de la solicitud.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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