Las cuentas y sus archivos físicos y electrónicos se entregarán al albacea y, hecha la partición a los herederos reconocidos. Los demás documentos y archivos físicos y electrónicos quedarán en poder de la persona que haya desempeñado el albaceazgo.
Las cuentas y sus archivos físicos y electrónicos se entregarán al albacea y, hecha la
partición a los herederos reconocidos. Los demás documentos y archivos físicos y electrónicos quedarán
en poder de la persona que haya desempeñado el albaceazgo.
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