CNPCF

Artículo 1009. Si el o los bienes se hallan en poder de un tercero, la...

Si el o los bienes se hallan en poder de un tercero, la ejecución no podrá despacharse en su contra, sino en los casos siguientes: I. Cuando la ejecución se funde en acción real, y II.

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Texto Legal

Si el o los bienes se hallan en poder de un tercero, la ejecución no podrá despacharse
en su contra, sino en los casos siguientes:

I.Cuando la ejecución se funde en acción real, y

II.Cuando judicialmente se haya declarado nula la enajenación por la que adquirió el tercero.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 1009 del CNPCF?

Si el o los bienes se hallan en poder de un tercero, la ejecución no podrá despacharse en su contra, sino en los casos siguientes: I. Cuando la ejecución se funde en acción real, y II.

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