CFF

Artículo 104. Penas por contrabando

Establece las penas de prisión aplicables al delito de contrabando, graduadas según el monto de las contribuciones omitidas y el valor de las mercancías. Las penas van de tres meses a nueve años de prisión, con agravantes en ciertos supuestos.

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Texto Legal

Artículo 104 — Penas por Contrabando

Este artículo establece las sanciones penales específicas aplicables a quienes cometan el delito de contrabando en cualquiera de sus modalidades.

Graduación de Penas

Las penas de prisión se determinan conforme al monto de las contribuciones omitidas o el valor de las mercancías:

- Tres meses a cinco años de prisión, cuando el monto de las contribuciones o cuotas compensatorias omitidas no exceda determinados umbrales
- Tres a nueve años de prisión, cuando el monto sea mayor a los umbrales establecidos
- Tres a nueve años de prisión, tratándose de mercancías de importación o exportación prohibida

Agravantes

Las penas se incrementan cuando el contrabando se realiza:

- Por servidores públicos o ex servidores que tuvieron funciones aduaneras
- Utilizando documentos falsos o alterados
- Por miembros de una delincuencia organizada
- Tratándose de mercancías cuya importación esté prohibida (armas, sustancias, etc.)

Multa y Decomiso

Además de la prisión, se impone multa equivalente al valor de las mercancías y al monto de las contribuciones omitidas. Las mercancías objeto del delito y los medios de transporte utilizados quedan sujetos a decomiso.

Concurso

Cuando el contrabando se cometa simultáneamente con otros delitos fiscales, se aplicarán las reglas del concurso de delitos, lo que puede incrementar significativamente las sanciones totales.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

SDV Asesores: Las penas por contrabando van de 3 meses a 9 anos de prision y se agravan cuando participan servidores publicos, se usan documentos falsos o se trata de mercancias prohibidas. Ademas de la prision, se impone multa y decomiso de mercancias y medios de transporte. Las empresas de comercio exterior deben implementar controles internos rigurosos de cumplimiento aduanero.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 104 del CFF?

Establece las penas de prisión aplicables al delito de contrabando, graduadas según el monto de las contribuciones omitidas y el valor de las mercancías. Las penas van de tres meses a nueve años de prisión, con agravantes en ciertos supuestos.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 104 de la Código Fiscal?

SDV Asesores: Las penas por contrabando van de 3 meses a 9 anos de prision y se agravan cuando participan servidores publicos, se usan documentos falsos o se trata de mercancias prohibidas. Ademas de la prision, se impone multa y decomiso de mercancias y medios de transporte. Las empresas de comercio exterior deben implementar controles internos rigurosos de cumplimiento aduanero.

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