Establece las penas de prisión aplicables al delito de contrabando, graduadas según el monto de las contribuciones omitidas y el valor de las mercancías. Las penas van de tres meses a nueve años de prisión, con agravantes en ciertos supuestos.
Este artículo establece las sanciones penales específicas aplicables a quienes cometan el delito de contrabando en cualquiera de sus modalidades.
Las penas de prisión se determinan conforme al monto de las contribuciones omitidas o el valor de las mercancías:
- Tres meses a cinco años de prisión, cuando el monto de las contribuciones o cuotas compensatorias omitidas no exceda determinados umbrales
- Tres a nueve años de prisión, cuando el monto sea mayor a los umbrales establecidos
- Tres a nueve años de prisión, tratándose de mercancías de importación o exportación prohibida
Las penas se incrementan cuando el contrabando se realiza:
- Por servidores públicos o ex servidores que tuvieron funciones aduaneras
- Utilizando documentos falsos o alterados
- Por miembros de una delincuencia organizada
- Tratándose de mercancías cuya importación esté prohibida (armas, sustancias, etc.)
Además de la prisión, se impone multa equivalente al valor de las mercancías y al monto de las contribuciones omitidas. Las mercancías objeto del delito y los medios de transporte utilizados quedan sujetos a decomiso.
Cuando el contrabando se cometa simultáneamente con otros delitos fiscales, se aplicarán las reglas del concurso de delitos, lo que puede incrementar significativamente las sanciones totales.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
SDV Asesores: Las penas por contrabando van de 3 meses a 9 anos de prision y se agravan cuando participan servidores publicos, se usan documentos falsos o se trata de mercancias prohibidas. Ademas de la prision, se impone multa y decomiso de mercancias y medios de transporte. Las empresas de comercio exterior deben implementar controles internos rigurosos de cumplimiento aduanero.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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