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Artículo 381. Compraventa con reserva de dominio

En la compraventa con reserva de dominio, el vendedor conserva la propiedad hasta el pago total del precio.

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Texto Legal

Articulo 381 — Compraventa con reserva de dominio

En la compraventa con reserva de dominio, el vendedor conserva la propiedad hasta el pago total del precio.

La compraventa mercantil es el contrato comercial mas comun y su regulacion en el Codigo de Comercio establece reglas especificas que complementan las disposiciones generales del Codigo Civil Federal.

La distincion entre compraventa civil y mercantil tiene consecuencias practicas importantes: la compraventa mercantil se rige por el proposito de especulacion comercial y esta sujeta a plazos mas breves para la reclamacion de vicios y defectos.

Para las empresas, la correcta documentacion de las operaciones de compraventa es esencial tanto para la seguridad juridica como para el cumplimiento de obligaciones fiscales, incluyendo la emision de CFDI y la determinacion del IVA aplicable.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Para SDV Asesores, la reserva de dominio en la compraventa mercantil permite al vendedor conservar la propiedad como garantia real del pago del precio. Esta figura es especialmente util en ventas de bienes de alto valor donde el comprador paga en parcialidades. La inscripcion de la reserva de dominio en el registro correspondiente es esencial para proteger al vendedor frente a terceros acreedores del comprador que pudieran embargar el bien.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 381 del CCom?

En la compraventa con reserva de dominio, el vendedor conserva la propiedad hasta el pago total del precio.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 381 de la Codigo de Comercio?

Para SDV Asesores, la reserva de dominio en la compraventa mercantil permite al vendedor conservar la propiedad como garantia real del pago del precio. Esta figura es especialmente util en ventas de bienes de alto valor donde el comprador paga en parcialidades. La inscripcion de la reserva de dominio en el registro correspondiente es esencial para proteger al vendedor frente a terceros acreedores del comprador que pudieran embargar el bien.

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