Cuando en virtud de un acto juridico el propietario entrega a otro una cosa, concediendo el derecho de retenerla temporalmente, ambos son poseedores de la cosa.
Articulo 791. Cuando en virtud de un acto juridico el propietario entrega a otro una cosa, concediendo el derecho de retenerla temporalmente, ambos son poseedores de la cosa.
La posesion es un concepto juridico fundamental que protege a quien ejerce un poder de hecho sobre una cosa, independientemente de si es o no el propietario. La ley protege la posesion para mantener la paz social y la seguridad juridica.
En el ambito empresarial, la posesion es relevante para la operacion de activos arrendados, bienes en fideicomiso, inventarios en consignacion y otros esquemas donde la empresa utiliza bienes de los que no es propietaria.
La distincion entre posesion de buena fe y de mala fe tiene consecuencias importantes para la adquisicion de derechos por prescripcion, el derecho a los frutos y la responsabilidad por el deterioro de los bienes.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Para SDV Asesores, la distincion entre posesion originaria y derivada es esencial en operaciones como arrendamiento, fideicomiso y comodato empresarial. El propietario conserva la posesion originaria mientras el arrendatario o fiduciario tiene posesion derivada, lo cual genera derechos y obligaciones diferenciados para cada uno. En disputas posesorias, la calidad de la posesion determina las acciones legales disponibles y los derechos sobre los frutos del bien.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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