CCF

Artículo 1858. Excepcion de contrato no cumplido

En los contratos bilaterales, ninguno de los contratantes incurre en mora si el otro no cumple o no se allana a cumplir debidamente la obligacion que le corresponde.

excepcionmorabilateral

Texto Legal

Articulo 1858. En los contratos bilaterales, ninguno de los contratantes incurre en mora si el otro no cumple o no se allana a cumplir debidamente la obligacion que le corresponde.

Esta disposicion forma parte del regimen general de los contratos establecido en el Libro Cuarto del Codigo Civil Federal, que regula las obligaciones y los acuerdos de voluntades entre particulares.

Las reglas generales sobre contratos del CCF son aplicables supletoriamente a los contratos mercantiles conforme al articulo 2 del Codigo de Comercio, lo que las hace relevantes para toda la actividad empresarial.

Para SDV Asesores, el conocimiento profundo del regimen contractual civil es esencial para la correcta estructuracion de operaciones comerciales, la redaccion de contratos y la resolucion de controversias contractuales que puedan tener implicaciones fiscales.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Para SDV Asesores, la regla de que las clausulas oscuras no favorecen a quien las redacto (contra proferentem) es especialmente relevante en contratos de adhesion empresariales. Las empresas que elaboran contratos estandar deben asegurar la claridad de todas sus clausulas, pues las ambiguedades se interpretaran en su contra. En la asesoria legal, la revision cuidadosa de contratos de adhesion protege a la empresa de interpretaciones judiciales adversas.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 1858 del CCF?

En los contratos bilaterales, ninguno de los contratantes incurre en mora si el otro no cumple o no se allana a cumplir debidamente la obligacion que le corresponde.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 1858 de la Codigo Civil?

Para SDV Asesores, la regla de que las clausulas oscuras no favorecen a quien las redacto (contra proferentem) es especialmente relevante en contratos de adhesion empresariales. Las empresas que elaboran contratos estandar deben asegurar la claridad de todas sus clausulas, pues las ambiguedades se interpretaran en su contra. En la asesoria legal, la revision cuidadosa de contratos de adhesion protege a la empresa de interpretaciones judiciales adversas.

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