La validez y el cumplimiento de los contratos no puede dejarse al arbitrio de uno de los contratantes.
Articulo 1797. La validez y el cumplimiento de los contratos no puede dejarse al arbitrio de uno de los contratantes.
Esta disposicion forma parte del regimen general de los contratos establecido en el Libro Cuarto del Codigo Civil Federal, que regula las obligaciones y los acuerdos de voluntades entre particulares.
Las reglas generales sobre contratos del CCF son aplicables supletoriamente a los contratos mercantiles conforme al articulo 2 del Codigo de Comercio, lo que las hace relevantes para toda la actividad empresarial.
Para SDV Asesores, el conocimiento profundo del regimen contractual civil es esencial para la correcta estructuracion de operaciones comerciales, la redaccion de contratos y la resolucion de controversias contractuales que puedan tener implicaciones fiscales.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Para SDV Asesores, la validez y eficacia del contrato depende del cumplimiento de los requisitos legales al momento de su celebracion. En operaciones empresariales complejas, es esencial documentar el proceso de formacion del consentimiento para acreditar la voluntad real de las partes. La falta de documentacion adecuada puede dificultar la prueba del contrato y sus terminos en caso de controversia judicial.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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